FISCALIDAD BÁSICA PARA ASOCIACIONES. Declaración de utilidad publica.

No todas las asociaciones son de utilidad pública, hay que solicitarlo. Existen una serie de requisitos a cumplir:

  • Perseguir fines de interés general.
  • Destinar como mínimo el 70% de sus rentas e ingresos a la realización de estos en el plazo de tres años, a partir de su obtención.
  • No ser titulares de participaciones mayoritarias en sociedades mercantiles.
  • Rendir cuentas anuales.
  • Aplicar a su patrimonio, en caso de disolución, a la realización de fines de interés general análogos.
  • Los socios fundadores, cónyuges o parientes, no podrán ser los principales destinatarios de las actividades de estas entidades o disfrutar de condiciones especiales.
  • Los cargos de los representantes estatutarios deberán ser gratuitos.
  • Su actividad principal no podrá ser mercantil.
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